Autoría mediata en aparatos organizados de poder: una revisión normativista de sus postulados
Tipo de material: ArtículoIdioma: Español Descripción: pp. 82 - 101Tema(s): En: Villavicencio T. Felipe Actualidad PenalResumen: Teniendo como eje de exposición en el presente artículo, la polémica desatada en torno a la sentencia contra el ex mandatario Alberto Fujimori Fujimori (sentencia que marcó un hito en el derecho penal peruano, en lo que respecta a la intervención delictiva o comúnmente llamada autoría y participación), el autor pretende analizar desde una perspectiva funcionalista, el contenido de la auroría mediata (artículo 23 del Código Penal) por dominio de la voluntad en aparatos de poder organizados. Concluyendo tras este análisis, que la doctrina que considera la existencia de autoría mediata en aparatos organizados de poder, es ya incorrecta desde el punto de vista terminológico, en suma indica que, la autoría mediata en aparatos organizados de poder, no es autoría mediata.Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura | Materiales especificados | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | Reserva de ítems |
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Publicaciones periódicas | Biblioteca de la Academia de la Magistratura "Juan José Calle Yábar" Referencia - Publicación Periódica | Actualidad Penal (Navegar estantería(Abre debajo)) | No. 16 | Disponible | AMAG17010241 |
Teniendo como eje de exposición en el presente artículo, la polémica desatada en torno a la sentencia contra el ex mandatario Alberto Fujimori Fujimori (sentencia que marcó un hito en el derecho penal peruano, en lo que respecta a la intervención delictiva o comúnmente llamada autoría y participación), el autor pretende analizar desde una perspectiva funcionalista, el contenido de la auroría mediata (artículo 23 del Código Penal) por dominio de la voluntad en aparatos de poder organizados. Concluyendo tras este análisis, que la doctrina que considera la existencia de autoría mediata en aparatos organizados de poder, es ya incorrecta desde el punto de vista terminológico, en suma indica que, la autoría mediata en aparatos organizados de poder, no es autoría mediata.
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