El Acuerdo Plenario N° 1-2015/CIJ-116: la aplicación del error de prohibición y los procesos interculturales en los casos de violación sexual de menores
Tipo de material: ArtículoIdioma: Español Descripción: En: Gaceta Penal. Gaceta Jurídica - - N° 86, ago. 2016, Lima.- - p. 11-22Otro título:- Acuerdo Plenario Nº 1-2015/CIJ-116: Aplicación judicial del artículo 15 del Código Penal y los procesos interculturales por delitos de violación de niñas y adolescentes
Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura | Materiales especificados | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | Reserva de ítems |
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Publicaciones periódicas | Biblioteca de la Academia de la Magistratura "Juan José Calle Yábar" | Gaceta Penal & Procesal Penal (Navegar estantería(Abre debajo)) | N° 86 | Disponible | AMAG17050085 |
Especial: IX Pleno Jurisdiccional de las Salas Penales Permanente y Transitoria de la Corte Suprema
El autor destaca la relevancia del Acuerdo Plenario 1-2015/CIJ-116 por establecer las condiciones bajo las cuales procede – siempre restringidamente- la aplicación del efecto eximente o atenuante del “error de prohibición culturalmente condicionado”, en los casos de violencia sexual de menores, entre las cuales se encuentra la necesidad de una pericia antropológica y otros medios de prueba, como informes o testimonios complementarios de las autoridades comunales o ronderiles.
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