Acerca de los supuestos de aplicación del nuevo proceso inmediato (D. L. N.° 1194)
Tipo de material: ArtículoIdioma: Español Descripción: pp. 92-103Tema(s): En: Villavicencio T. Felipe Actualidad PenalResumen: En el presente artículo se desarrollan los supuestos de procedencia del nuevo proceso inmediato, regulado por el D. L. N.° 1194. Al respecto, se establece qué debemos entender por flagrancia delictiva, confesión del imputado y evidencia de los elementos de convicción. El autor considera que solo podrá aplicarse el proceso inmediato en los supuestos de flagrancia estricta y cuasi flagrancia, mas no en la flagrancia ficta, al no reunir los requisitos de percepción directa inmediatez temporal y personal, salvo concurra la confesión del imputado u otros elementos de convicción.Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura | Materiales especificados | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | Reserva de ítems |
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Publicaciones periódicas | Biblioteca de la Academia de la Magistratura "Juan José Calle Yábar" Referencia - Publicación Periódica | Actualidad Penal (Navegar estantería(Abre debajo)) | No. 21 | Disponible | AMAG17020077 |
En el presente artículo se desarrollan los supuestos de procedencia del nuevo proceso inmediato, regulado por el D. L. N.° 1194. Al respecto, se establece qué debemos entender por flagrancia delictiva, confesión del imputado y evidencia de los elementos de convicción. El autor considera que solo podrá aplicarse el proceso inmediato en los supuestos de flagrancia estricta y cuasi flagrancia, mas no en la flagrancia ficta, al no reunir los requisitos de percepción directa inmediatez temporal y personal, salvo concurra la confesión del imputado u otros elementos de convicción.
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